Este enero entra en vigor definitivamente el nuevo real decreto RD 03/2023 publicado el pasado 10 de enero de 2023. En él se establecen los criterios técnico-sanitarios de la calidad del agua de consumo, su control y suministro. Este decreto tiene como punto de partida la directiva europea (UE 2020/2184 relativa a la calidad de las aguas destinadas al consumo humano y sustituye al Real Decreto 140/2003, que ha sido la legislación de referencia en España en control de la calidad del agua potable durante los últimos 20 años.

El nuevo Real Decreto 3/2023 introduce un enfoque basado en el riesgo donde se integran tres componentes; la evaluación y gestión del riesgo de:

•Las zonas de captación de aguas destinadas a la producción de agua de consumo humano que corresponderá a la administración hidráulica.

 

•La zona de abastecimiento, desde la captación hasta la entrega al usuario (acometida) que corresponderá al operador u operadores de cada una de las infraestructuras del abastecimiento.

 

 

•Las instalaciones interiores en edificios prioritarios que corresponderá al titular del edificio.

 

También introduce el concepto de edificios prioritarios, como hospitales y centros sanitarios; residencias geriátricas; hoteles y similares; centros de enseñanza…

Las novedades más destacadas de la nueva normativa son la obligatoriedad de realizar un Plan Sanitario del Agua en zonas de abastecimiento y en edificios prioritarios (hospitales y centros sanitarios, residencias geriátricas, guarderías, centros educativos, edificios con alojamiento y centros deportivos y de ocio). El plan requiere crear un equipo de trabajo y diseñar una planificación de análisis, control y seguimiento de acciones preventivas y correctoras.

 

 ¿Qué se debe medir en el nuevo RD 03/2023?

La nueva normativa es aplicable en operadores, industria alimentaria y en situaciones dónde se realice un almacenaje y un tratamiento de cloración del agua potable en depósitos. Los puntos de muestreo señalados por la normativa son la salida de la ETAP, el depósito o la red de distribución y, en ellos, se deben realizar los siguientes análisis de la calidad del agua:

Periodicidad Parámetro Punto muestreo VALORES DE PARÁMETRO MÉTODOS DE ANÁLISIS
Valor paramétrico Valor de referencia Valor no aptitud Límite de calibración incertidumbre
Siempre TURBIDEZ Depósito distribución o regulación, redes de distribución e instalaciones interiores. 4,0 NTU   6,0 NTU 1,2 NTU 0,3 NTU
Salida de ETAP, depósito de cabecera   0,8 NTU 2,0 NTU 0,24 NTU 0,3 NTU
pH Salida ETAP o salida depósito cabecero, salida de depósito de regulación /distribución, red de distribución, salida de la cisterna y grifo 6,5 a 9,5   < 4,5 y >10,0   0,2
COLOR Aceptable para el consumidor y sin cambios anormales 15 mg/L Pt/Co Cambios anormales    
OLOR 3 Cambios anormales    
SABOR 3 Cambios anormales    
Cuando se utilicen como desinfectantes productos en los que se libere o genere cloro activo CLORO LIBRE 1,00 mg/L   5,0 mg/L 0,3 mg/L 0,25 mg/L
CLORO COMBINADO 2,00 mg/L   3,0 mg/L 0,6 mg/L 0,4 mg/L